• Al pensar en los plazos apara enviar los artículos de revista o los libros hay que diferenciar dos aspectos:

    1.- Plazos establecidos por las disposiciones legales.

    Es conocido por todos que en cada convocatoria de concurso se establece un plazo máximo en el que tienen que estar realizadas las publicaciones para que sean consideradas válidas.

    Normalmente, todas las condiciones que se exigen en estas convocatorias y los méritos que se aleguen han de tenerse cumplidos o reconocidos en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, que viene siendo a los veinte días de publicarse la convocatoria respectiva. (En oposiciones suele ser en el mes de mayo del mismo año en que se celebran las pruebas y en traslados de destinos en noviembre del año anterior al que se hace la adjudicación.)

    Estos plazos hay que cumplirlos, aunque será el autor o autora quien debe controlarlos, quedando libre de toda responsabilidad la Asociación PROFESORES EN EL AULA.

     

    2.- Plazos de validez del dinero aportado a la APA para las publicaciones.

    El plazo establecido es de dieciocho meses. Este plazo comprende desde que se le publica el primer artículo o libro hasta que cubre la aportación económica hecha para la obtención de una determinada puntuación, es decir, una vez que usted ha realizado la reserva para las publicaciones, cuando envía su primera publicación paga la cantidad correspondiente a la obtención de unos determinados puntos y dispone de 18 meses para poder hacer las publicaciones correspondientes a esa puntuación, ya sean libros o revistas.

    Dentro de ese plazo usted puede enviar las publicaciones cuando lo desee.

     

    Para cualquier aclaración póngase en contacto con nosotros.